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Absueltos los 5 quincemayistas de Les Corts: Después de recurrir la condena se ha demostrado que la Policía les detuvo aleatoriamente

Primavera Valenciana

La Audiencia Provincial de Valencia ha invalidado la sentencia impuesta por el Juzgado de lo Penal a las cinco personas detenidas durante las protestas del 15M que tuvieron lugar el día de constitución del parlamento autonómico de Les Corts en 2011, que fueron condenadas a penas de entre 13 y 23 meses de prisión por atentado, lesiones y resistencia a la autoridad.

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Ahora, tras el recurso de apelación presentado por los condenados y después de revisar en profundidad todos los vídeos aportados como prueba, la Audiencia Provincial ha decidido absolver a los conocidos como “los cinco de Les Corts” de todos los delitos que se les imputaban, dando por falsos los “hechos probados” que relataba la anterior sentencia, que culpaba a los acusados de agredir a los agentes policiales propinándoles patadas, escupiéndoles e incluso lanzando unas tijeras, según la narración de los policías.

Es más, la Audiencia Provincial considera probado que el 9 de junio de 2011 la protesta consistió en la “concentración de un grupo de personas con la finalidad de hacer público su malestar hacia determinados Diputados elegidos, a quienes atribuían la calidad de corruptos”, que estas personas estaban “desprovistas de cualquier clase de instrumento contundente” mientras que los agentes iban “debidamente uniformados y provistos de material antidisturbios”, que los meros gritos de indignación dieron lugar  “a algunos movimientos de defensa por parte de los agentes” y que “dos agentes empujaron con fuerza a un individuo de los concentrados, que cayó al suelo golpeándose en el mismo con la cabeza, de la que manaba sangre, quien fue atendido por sus propios compañeros”.

Como resultado de la actuación policial, que los concentrados “estimaron excesivamente contundente”, la tensión fue en aumento, algunos de ellos se encararon a los policías y la reacción de estos fue “reducir y posteriormente detener aleatoriamente a quienes parecían llevar la voz cantante”, según la Audiencia Provincial.

La aleatoriedad con la fueron detenidos “los cinco de Les Corts” queda probada con las grabaciones de ese día, procedentes tanto de los propios concentrados como de las cadenas de televisión TVE, Antena 3, Tele 5 y La Sexta, de cuyo visionado se desprende “la imposibilidad de que los hechos ocurrieran como se declaran probados” en la sentencia condenatoria, según la Audiencia Provincial, pero sí “se descubre con toda claridad el empujón que los agentes policiales propinan a un ciudadano sin que aparezca justificación alguna, lanzándolo contra el suelo en donde permaneció algún rato”.

“Ninguno de los acusados se enfrentó frontalmente con ninguno de los agentes, ni se aprecia patada dirigida a ninguno de ellos, ni se aprecia lanzamiento de objetos y mucho menos de tijera que pudiera atribuirse a ninguno de ellos, ni patadas frontales o por la espalda ni escupitajos”, afirma el tribunal, que no llega a negar que se produjeran esos hechos pero sí que puedan atribuírseles a los detenidos aleatoriamente.

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